[Actualizado 24-02-2015] Tabla de Sanciones por puntos con la nueva ley de mayo de 2010

– Actualización 24-02-2015.

Cuándo se disparan los radares 2

Siempre viene bien tener a tu disposición las diferentes infracciones, sanciones y multas que recoge la nueva Ley de Seguridad Vial en vigor desde el 25 de Mayo de 2010.

Infracción Puntos
Conducir con una tasa de alcohol superior
a la permitida con valores superiores a 50mg/l aire espirado conductores
(Valores de + 30 mg/l aire espirado profesionales y titulares de
permisos de conducción con menos de dos años).
6
Conducir con una tasa de alcohol superior
a la permitida con valores superiores a 0,25mg/l hasta 0,50mg/l conductores
(Valores superiores a 0,15 mg/l y hasta 0,30 mg/l aire espirado
profesionales y titulares de permisos de conducción con
menos de dos años).
4
Conducir bajo los efectos de estupefacientes, psicotrópicos,
estimulantes y otras sustancias de efectos análogos
6
Incumplir la obligación de someterse a las pruebas de detección del
grado de alcoholemia, de estupefacientes, psicotrópicos, estimulantes y
otras sustancias de efectos análogos
6
Conducir de forma temeraria, circular en sentido contrario al establecido
o participar en carreras o competiciones no autorizadas
6
Conducir vehículos que tengan instalados mecanismos o sistemas
encaminados a inhibir la vigilancia del tráfico, o que lleven instrumentos
con la misma intención, así como de inhibición de sistemas de detección
de radar
6
El exceso en más del 50 por ciento en los tiempos de conducción o la
minoración en más del 50 por ciento en los tiempos de descanso
establecidos en la legislación sobre transporte terrestre
6
La participación o colaboración necesaria de los conductores en la
colocación o puesta en funcionamiento de elementos que alteren el
normal funcionamiento del uso del tacógrafo o del limitador de
velocidad
6
Conducir un vehículo con un permiso o licencia que no le habilite para
ello.
4
Arrojar a la vía o en sus inmediaciones objetos que puedan producir
incendios, accidentes de circulación u obstaculizar la libre circulación.
4
Incumplir las disposiciones legales sobre prioridad de paso, y la
obligación de detenerse en la señal de stop, ceda el paso y en los
semáforos con luz roja encendida.
4
Incumplir las disposiciones legales sobre adelantamiento poniendo en
peligro o entorpeciendo a quienes circulen en sentido contrario y
adelantar en lugares o circunstancias de visibilidad reducida
4
Adelantar poniendo en peligro o entorpeciendo a ciclistas 4
Efectuar el cambio de sentido incumpliendo las disposiciones recogidas
en esta Ley y en los términos establecidos reglamentariamente.
3
Realizar la maniobra de marcha atrás en autopistas y autovías 4
No respetar las señales de los Agentes que regulan la circulación 4
No mantener la distancia de seguridad con el vehículo que le precede 4
Conducir utilizando cascos, auriculares u otros dispositivos que
disminuyan la atención a la conducción o utilizar manualmente
dispositivos de telefonía móvil, navegadores o cualquier otro sistema de
comunicación. Conforme a los avances de la tecnología, se podrán
precisar reglamentariamente los dispositivos incluidos en este apartado
3
No hacer uso del cinturón de seguridad, sistemas de retención infantil,
casco y demás elementos de protección
3
Conducir un vehículo teniendo suspendida la autorización administrativa
para conducir o teniendo prohibido el uso del vehículo que se conduce
4
La detracción de puntos por exceso de velocidad se producirá de
acuerdo con lo establecido en el Anexo IV
*

Te puede interesar:

Calculadora de Índice de Alcoholemia.

* ANEXO IV: Cuadro de multas y puntos por exceso de velocidad. Desde Mayo de 2010 habrá sanción tan solo con superar en 1 km la velocidad establecida como límite que contrasta con el 10 % de margen existente antes.
Infracción sobre exceso de velocidad captado por los radares:

Multa Puntos 30 40 50 60 70 80 90 100 110 120 Límite Permitido (km/h)
100 € 31 50 41 60 51 70 61 90 71 100 81 110 91 120 101 130 111 140 121 150 Exceso Velocidad Grave
300 € 2 51 60 61 70 71 80 91 110 101 120 111 130 121 140 131 150 141 160 151 170 Exceso Velocidad Grave
400 € 4 61 70 71 80 81 90 111 120 121 130 131 140 141 150 151 160 161 170 171 180 Exceso Velocidad Grave
500 € 6 71 80 81 90 91 100 121 130 131 140 141 150 151 160 161 170 171 180 181 190 Exceso Velocidad Grave
600 € 6 81 91 101 131 141 151 161 171 181 191 Exceso Muy Grave

Te puede interesar:

Consulta del saldo de los puntos del carnet de conducir en la Dirección General de Tráfico.

Abogator: Herramienta para recurrir las multas en el acto, gratis y online: el Asistente Jurídico Virtual creará tu escrito de alegaciones o recurso completo y personalizado en unos minutos. Pincha aquí para saber más sobre este asistente virtual contra multas de tráfico sin coste alguno .

Busca Multas: Consulta gratis si tienes alguna multa publicada en boletines oficiales.

Todo Multas: Recurre tus multas en 5 minutos. Te preguntan sobre los diferentes detalles de la multa (no personales) para encontrar un posible fallo con el que se pueda recurrir la multa.

Cámaras de la DGT.

Información del estado de la circulación en las carreteras.

Actualización de los tipos de infracciones y sanciones:

– Infracciones leves: Hasta 100 Euros.
– Infracciones graves: 200 Euros.
– Infracciones muy graves: 500 Euros.

Plazo para pagar las multas:

20 días naturales desde la notificación para pagar la multa o realizar alegaciones. Si decide pagar tendrá un descuento del 50%, o sea, la mitad de la sanción, pero debe tener en cuenta que ya no podrá formular alegaciones ni recursos. Las multas se podrán pagar por internet.

Recuperación de puntos:

Se amplían de 4 a 6 puntos que se pueden recuperar en los cursos de recuperación parcial de puntos.

Suspensión temporal del permiso de conducir:

Se elimina la suspensión temporal del permiso de conucir en las infracciones graves o muy graves. Solo se perderá cuando se haya agotado el saldo de puntos o por sentencia judicial.

Radares fijos en España: Web de Kachoperro: Mapa de radares fijos actualizado.

Fuentes y ampliación de la información:

El ministro del Interior, Alfredo Pérez Rubalcaba, presenta la nueva Ley de Seguridad Vial.

PRINCIPALES NOVEDADES DE LA NUEVA LEY DE SEGURIDAD VIAL.

Actualizaciones relacionadas:

01/02/11: Los radares de tramo ya están en marcha. Los radares de tramo son aquellos que detectan la velodcidad media de un coche en un tramo determinado, en cristiano quiere decir que ya no será posible frenar antes de la llegada del radar como en los antiguos. El primero en estar activado es el del túnel de Guadarrama y las  personasque no respeten la limitación de 100 Km/h se enfretan a multas de hasta 600 Euros. Más información en antena3.com

– 10/02/11: Multado el conductor de una furgoneta por circular a 1.230 kilómetros por hora.

– 16/02/11: Los agentes de Tráfico que no multen cobrarán 300 euros menos.

– 17/02/11: Tráfico limitará a 30 km/h la velocidad de las calles de un único carril.

– 21/02/11: El sistema de notificación de las multas deja indefensos a cientos de conductores.

– 26/02/11: Tráfico : Nos multarán si vamos a más de 110 km/h. A partir del 7 de Marzo no se podrá circular en ninguna carretera a más de 110 km/h. El gobierno justifica la medida por el ahorro de combustible, pero ha levantado una gran polémica respecto a las verdaderas intenciones, que estarían más cerca de la recaudación por multas que del ahorro energético.

– 04/03/11: Tráfico baja el sueldo a varios guardias civiles porque ponen pocas multas.

– 05/03/11: Sobrepasar el límite de 110 km/h se multará con 100 euros desde el próximo lunes.

– 14/03/11: La DGT ha multiplicado por cinco sus ingresos de multas.

– 15/05/2011: Así es la nueva tabla de ‘pluses’ salariales de la Guardia Civil de Tráfico: multar por exceso de velocidad, 4 puntos; prevenir un accidente, 1 punto.

– 20/07/2011: Los conductores que provoquen un accidente de tráfico con resultado de muerte o heridas graves, serán imputados inicialmente por el delito de homicidio imprudente o lesiones, si han cometido una imprudencia grave.

Cuatro de estos nuevos supuestos: conducir a más de 150 kilómetros por hora o con una tasa de alcoholemia superior a la permitida, utilizar el móvil mientras se conduce, no guardar la distancia de seguridad o circular sin respetar los tiempos de descanso.

Más información.

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